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Nuestros Servicios Jurídicos

ACERCA DE NOSOTROS

Ofrecemos servicios jurídicos a personas afectadas por la Silicosis

Quienes somos

Somos un despacho de abogados colaborador con la asociación APSA, especialistas en obtener pensiones e indemnizaciones a trabajadores en toda España, que padecen enfermedades profesionales, y específicamente, enfermedades pulmonares como la silicosis.
El objetivo de nuestro despacho es asesorar a los afectados por esta patología para obtener prestaciones económicas que compensen la imposibilidad de llevar a cabo una actividad laboral por los daños causados. Para ello, ponemos a disposición un servicio especializado y profesional que posee una filosofía de servicio fundada en principios de ética y eficacia.
Sabemos por experiencia que este tipo de enfermedades pueden generar problemas económicos en el seno familiar. Para evitar que estas limitaciones puedan ser una barrera estudiamos cada situación de manera personalizada.

 QUE SE PUEDE HACER

Antes de iniciar cualquier procedimiento se solicitará el historial médico y laboral, al objeto de determinar la viabilidad del caso.
Debemos tener en cuenta que siempre hay un plazo para reclamar, por lo que es imprescindible que tan pronto se disponga de un diagnóstico de la enfermedad se inicie los trámites para proceder a las demandas económicas que correspondan.
Estos son, resumidamente, los procedimientos que se pueden iniciar:
1º.- Cambio de la contingencia
En numerosas ocasiones la silicosis es declarada enfermedad común por defecto, de ahí que haya que proceder a iniciar el proceso de modificación de la contingencia de enfermedad común a profesional.
2º.- Proceso de incapacidad
Superada la fase anterior, podremos encauzar el procedimiento principal que es el de la declaración de la incapacidad permanente en el grado que corresponda, según las secuelas y daños que se sufra.
Es muy importante tener a disposición una documentación clínica clara y precisa que señale como patología principal la silicosis y, como secundaria otras enfermedades que aparezcan vinculadas a la sílice cristalina (EPOC, esclerosis sistémica, fibrosis, sarcoidiosis, enfisema, cardiopatías, vasculitis, artrosis reumatoide…)
En el caso de que el INSS desestime la solicitud de incapacidad permanente acudiremos la vía judicial. Esta vía, en numerosos casos, corrige la decisión desestimatoria del INSS y declara la incapacidad permanente.
3º.- Responsabilidad empresarial
Como sabemos, la aparición de la silicosis es debida a que en el lugar de trabajo no se han implementado medidas de seguridad suficientes para proteger al trabajador de un ambiente contaminado. Esta responsabilidad empresarial en la generación de la enfermedad del trabajador debe ser reconocida por el INSS y en su defecto por un Juzgado.
El reconocimiento de esta responsabilidad denominada “Recargo de Prestaciones” conlleva la imposición de una sanción a la empresa en forma de aumento de pensión en un 30% o 50% de la misma. Este derecho prescribe a los 4 años de iniciarse el derecho a su reclamación.

4º.- Indemnización por daños y perjuicios y otros seguros

El daño en la salud del trabajador causado por negligencia empresarial, por mala gestión de las empresas de prevención de riesgos laborales y de vigilancia de la salud, pero, sobre todo, por la falta de información del producto con que se trabaja, puede tener su traducción en una indemnización por daños y perjuicios que tendrá por objeto reparar los daños y secuelas generadas.
De otro lado, existen seguros adicionales contratados por las empresas y/o indemnizaciones de convenio que deben ser reclamadas en cuanto se tenga el diagnóstico de la enfermedad o la declaración de incapacidad permanente.
Un año pasa muy rápido, si no se reclama en ese plazo puedes perder tu derecho a obtener prestaciones económicas importantes.
Tener un asesoramiento especializado ayudará a conseguir las mejores prestaciones económicas para el afectado, ya que las empresas siempre ofrecen cantidades a la baja para ahorrar costes.

NUESTROS SERVICIOS

El principal objetivo del despacho de abogados colaborador con APSA es lograr las mejores prestaciones económicas para los afectados y sus familias. Para conseguirlo se siguen unas pautas muy claras:

cumplir los plazos, dar un presupuesto claro y adaptado a las necesidades, y ofrecer

soluciones integrales a los problemas jurídicos que se presenten en esta especialidad.

 

El proceso que seguimos se resume en los siguientes pasos;

 

1º.- VALORACIÓN DE VIABILIDAD

Una vez recibida toda la documentación clínica; en una consulta presencial, por mail, WhatsApp, o cualquier otro medio, analizamos su viabilidad en 72 horas y le informamos de las posibilidades que a nuestro juicio tiene su situación, ya sea para obtener una pensión, el recargo de prestaciones o indemnizaciones de cualquier naturaleza.

 

2º.- INFORMACIÓN DE SITUACIÓN Y PASOS A SEGUIR

Superada esta primera fase de contacto con el afectado, se le informará de cuál será el camino a seguir para procurar las mejores prestaciones económicas posibles.

 

3º.- TRABAJAR JUNTOS

Las condiciones pactadas quedarán reflejadas en un contrato de servicios que firmará el afectado, y este gabinete jurídico colaborador con la asociación APSA, en el que se describirá detalladamente las acciones que se van a llevar acabo y la forma de pago de nuestros honorarios. En este documento se incluirá una provisión de fondos, que según la fase en la que se encuentre el caso, se estipula entre los 150 € y los 300 €

 

4º.- COBRAREMOS HONORARIOS EN CASO DE ÉXITO.

Estos honorarios serán pactados previamente con el afectado y consistirán en un porcentaje que se aplicará sobre las prestaciones económicas conseguidas cuando se haya generado el derecho a cobrarlas.


CONTACTO

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apsa@apsa-silicosis.es

 

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